¿Hasta cuándo hay que pagar la pensión de alimentos de los hijos?

pensión de alimentos

Cuando se produce una separación o un divorcio, el bienestar de los hijos es siempre una prioridad. La ley establece la obligación de garantizar que los menores sigan recibiendo todo lo necesario para su desarrollo, incluso aunque sus progenitores ya no convivan. De ahí surge la pensión de alimentos, una cantidad económica que debe abonar el progenitor que no tiene la custodia para cubrir las necesidades básicas de los hijos.

En los casos donde no hay custodia compartida, el progenitor custodio asume los gastos cotidianos —vivienda, manutención, ropa, educación—, mientras que el otro contribuye económicamente mediante la pensión fijada judicialmente. Por eso, la pensión de alimentos es especialmente relevante en los regímenes de custodia exclusiva, ya que busca equilibrar el esfuerzo económico entre ambos padres y garantizar que los hijos mantengan un nivel de vida similar al que tenían antes de la separación.

El objetivo de esta pensión no es castigar ni beneficiar a ninguno de los padres, sino proteger a los hijos y mantener su nivel de vida tras la ruptura familiar. En la mayoría de los casos, el progenitor custodio asume los gastos cotidianos y directos, mientras que el otro contribuye económicamente mediante la pensión fijada por el juez en la sentencia.

Una vez determinada, surge una duda frecuente: ¿hasta cuándo hay que pagar la pensión de alimentos de los hijos? Muchos padres creen que esta obligación termina automáticamente al cumplir los hijos 18 años, pero la legislación y la jurisprudencia indican que no siempre es así.

Qué dice el Código Civil sobre la pensión de alimentos

La pensión de alimentos está regulada en los artículos 142 y siguientes del Código Civil, que establecen que los alimentos comprenden no solo la comida, sino también todo lo necesario para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación y formación integral de los hijos mientras sean menores o no hayan alcanzado independencia económica.

En los procedimientos de divorcio o medidas paternofiliales, el juez fija una cantidad mensual que debe abonar el progenitor no custodio en concepto de pensión alimenticia. Esa cuantía puede actualizarse, modificarse o incluso extinguirse si cambian las circunstancias, pero mientras la resolución esté vigente, su cumplimiento es obligatorio.

La mayoría de edad no extingue automáticamente la pensión

Cumplir los 18 años no significa que el hijo deje de tener derecho a recibir alimentos. El artículo 93 del Código Civil permite al juez establecer la pensión alimenticia a favor de los hijos mayores de edad cuando carecen de ingresos propios y viven en el domicilio familiar.

Esto ocurre, por ejemplo, cuando los hijos están cursando estudios universitarios o de formación profesional, buscando su primer empleo o atravesando una situación laboral inestable. En estos casos, la obligación de los progenitores continúa hasta que el hijo pueda mantenerse por sí mismo.

No obstante, el derecho a seguir percibiendo alimentos no es indefinido. La ley y la jurisprudencia exigen que el hijo muestre una actitud diligente, es decir, que esté estudiando con aprovechamiento o intentando activamente incorporarse al mercado laboral.

Cuándo puede extinguirse la pensión de alimentos

Existen varias circunstancias que pueden justificar la extinción o suspensión de la pensión de alimentos. Las más habituales son las siguientes:

  1. Independencia económica del hijo.
    Cuando el hijo consigue un empleo estable o ingresos suficientes para cubrir sus necesidades, cesa la obligación del progenitor. El trabajo debe ser estable y con ingresos regulares; no basta con un empleo temporal o de pocas horas.
  2. Falta de aprovechamiento académico o laboral.
    Si el hijo no estudia ni trabaja por decisión propia, y se demuestra una falta de interés o diligencia, el juez puede extinguir la pensión. El Tribunal Supremo (STS 603/2015, de 28 de octubre) confirmó la extinción en un caso en el que el hijo había abandonado repetidamente los estudios sin causa justificada.
  3. Ausencia de relación o conducta de desafección.
    En los últimos años, el Tribunal Supremo también ha admitido la extinción de la pensión cuando el hijo adulto rompe voluntariamente toda relación con el progenitor obligado al pago, sin causa imputable a este (STS 104/2019, de 19 de febrero)
  4. Cambio sustancial en la situación económica del progenitor.
    Una pérdida significativa de ingresos o una incapacidad sobrevenida pueden dar lugar a una modificación de medidas que reduzca o extinga la pensión, siempre que se acredite ante el juzgado.
  5. Fallecimiento del hijo o del obligado al pago.
    Evidentemente, la pensión se extingue en ambos supuestos.

Qué hacer antes de dejar de pagar la pensión de alimentos

Un error muy común es dejar de pagar la pensión de alimentos por decisión propia al considerar que el hijo ya es independiente o ha alcanzado la mayoría de edad. Sin embargo, hacerlo sin autorización judicial puede tener consecuencias graves, incluyendo la posibilidad de ejecución de la deuda e incluso responsabilidades penales por impago.

La vía correcta es presentar una demanda de modificación de medidas ante el juzgado que dictó la sentencia original. En ella debe acreditarse el cambio de circunstancias (por ejemplo, independencia económica del hijo o falta de aprovechamiento académico). Hasta que el juez dicte una nueva resolución, el obligado al pago debe seguir cumpliendo con su obligación.

Casos frecuentes en la práctica judicial

En la práctica, los tribunales suelen valorar varios elementos para decidir si procede o no la extinción de la pensión:

  • Edad del hijo y nivel de estudios. Si continúa estudiando con aprovechamiento, la obligación suele mantenerse.
  • Duración del periodo sin actividad. Si el hijo lleva años sin estudiar ni trabajar sin causa justificada, es un argumento sólido para solicitar la extinción.
  • Actitud hacia el progenitor. La falta total de relación, cuando es voluntaria y prolongada, puede motivar la supresión del derecho.
  • Estabilidad laboral. No basta con un empleo puntual o de verano; el hijo debe contar con ingresos regulares y suficientes.

También existen casos intermedios en los que el hijo logra cierta independencia económica, pero luego pierde el empleo. En esos supuestos, los jueces valoran la temporalidad y la situación real antes de decidir si procede reanudar la pensión o mantener su extinción.

Importancia de contar con un abogado de familia especializado

Determinar hasta cuándo hay que pagar la pensión de alimentos de los hijos requiere un análisis jurídico y probatorio minucioso. Cada caso es distinto y debe examinarse en función de las circunstancias familiares, económicas y personales.

Un abogado de familia especializado puede valorar la viabilidad de la extinción o reducción, reunir la documentación necesaria (contratos, justificantes de ingresos, certificados académicos, etc.) y presentar la demanda ante el juzgado competente. De este modo, se evitan riesgos legales y se garantiza que las medidas se ajusten a la situación real.

En Soto Martínez Abogados, contamos con amplia experiencia en derecho de familia, especialmente en procedimientos de modificación o extinción de la pensión de alimentos. Analizamos cada caso con rigor jurídico y sensibilidad personal, buscando siempre soluciones equilibradas que protejan tus derechos y el bienestar de tus hijos.

Si crees que las circunstancias han cambiado y necesitas revisar la pensión alimenticia o solicitar una modificación de medidas, contacta con nosotros a través de whatsapp o por email. Te asesoraremos para encontrar la mejor opción y acompañarte durante todo el proceso judicial.